Becas MEFP 2023-2024

El Ministerio de Educación y Formación Profesional publica la Resolución por la que se convocan las becas de carácter general para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (bachillerato, FP…) o universitarios.

Quienes pueden solicitar la beca:

Quienes estén cursando alguna de las siguientes enseñanzas:

  • Primer y segundo curso de bachillerato.
  • Formación Profesional Básica (FPB).
  • FP de grado medio y superior.
  • Enseñanzas de Idiomas en Escuelas Oficiales 
  • Enseñanzas artísticas profesionales.
  • Cursos de preparación para pruebas de acceso a FP impartidos en centros públicos y privados concertados.
  • Enseñanzas Artísticas Superiores.
  • Enseñanzas Deportivas.
  • Estudios Religiosos superiores.
  • Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
    • Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster, incluidos los estudios de grado y máster cursados en los centros universitarios de la defensa y de la guardia civil, así como los cursados en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional O.A.
    • Curso de preparación para el accedo a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
    • Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado. No se incluyen las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
Plazo de solicitud:

  • Del 27 de marzo al 17 de mayo de 2023, tanto para estudios universitarios como para no universitarios.
Procedimiento de solicitud:
  • Las unidades encargadas de la tramitación consultan la información necesaria para verificar que se reúnen los requisitos generales, académicos y económicos, por lo que no es necesario aportar documentación.
  • Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por la persona interesada o su representante legal (en caso de ser menor de 18 años), a través de cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviados por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos.
  • La persona solicitante debe guardar el resguardo de solicitud para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de la misma en forma y plazo.
Requisitos generales:
  1. Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.
  2. No estar en posesión de un título del mismo nivel o superior al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
  3. Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema educativo español comprendidas en la convocatoria.
  4. Reunir los requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.
Requisitos Académicos:
  1. Acreditar no estar repitiendo curso.
  2. Alcanzar determinada nota media.
Obligaciones:
  • El alumnado que se beneficie de una beca está obligado a destinar la beca a la finalidad para la que se concede. Se entenderá que no cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
    • Haber causado baja en el centro durante el curso.
    • No haber asistido a un porcentaje mínimo de las horas lectivas (80% de las clases en estudios postobligatorios).
    • No saber superado el 50% de las materias o créditos matriculados en convocatoria ordinaria y extraordinaria (40% en la rama universitaria de enseñanzas técnicas y ciencias).
  • Obligaciones en los estudios no universitarios.
  • Obligaciones en los estudios universitarios.
Cuantías:
  1. FIJAS.
    • Gratuidad de la matrícula (universitarios/as): e aplicará el Umbral 3.
    • Cuantía fija ligada a la renta de la persona solicitante: 1.700 euros. Se aplicará el umbral 1.
    • Cuantía fija ligada a la residencia de la persona solicitante durante el curso: 2.500 euros. Se aplicará el umbral 2.
    • Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico: entre 50 y 125 euros. Se aplicará el umbral 3.

    • Beca básica: 300 euros para quien no opte a la cuantía fija ligada a la renta, 350 para ciclo básico. Se aplicará el umbral 3.

 VARIABLE:

  • Cuantía variable y distinta para las personas solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar, y cuyo importe mínimo será de 60 euros. Se aplicará el umbral 2. 

Más información:


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