Convalidaciones Enseñanzas Profesionales de Música
- La solicitud de convalidación debe presentarse durante el mes de septiembre, junto con la documentación que acredite que esta cursando o ha cursado y superado los estudios correspondientes.
- El alumnado matriculado en la ESO y en las enseñanzas profesionales de música o danza que no obtenga las convalidaciones podrá ser objeto de adaptaciones del currículo de la materia de música (medidas de ampliación).
- Asimismo, el alumnado matriculado en la ESO y en las enseñanzas profesionales de música o de danza podrá ser objeto de adaptaciones del currículo en la materia de educación física. Estás adaptaciones deben estar dirigidas a potenciar y preservar la parte anatómica relacionada con el instrumento y la práctica de la danza que el/ la alumno/a esté cursando.
- Estas adaptaciones serán aplicadas por los directores/as de centro. No es necesario realizar una evaluación psicopedagógica.
- En los centros en los que se imparta bachillerato de artes (vía específica de artes escénicas, música y danza), la dirección del centro establecerá medidas de ajuste en lo referente a los horarios del alumnado que curse simultáneamente las enseñanzas de educación secundaria y las enseñanzas profesionales de música o de danza, con el objetivo de facilitarles, en la medida de lo posible, la disponibilidad horaria que le permita una mayor dedicación a los estudios de música o de danza.
- Específicamente, cuando se trate de realización de materias comunes del bachillerato, las direcciones de los institutos organizarán una oferta horaria consistente en agrupar las materias comunes en la primera franja de la mañana, a fin de facilitar al alumnado la realización de las materias específicas de música o de danza en los correspondientes conservatorios o centros autorizados.
- Cuando los ajustes horarios impliquen la salida del alumno/a menor de edad del centro en el que cura enseñanza de régimen general, los padres/madres/tutores legales del alumno/a asumirán por escrito la total responsabilidad a partir del momento en que sale del centro.
- Jefatura de estudios establecerá los procedimientos necesarios para la atención del alumnado de la ESO que abandone el aula pero permanezca en el centro educativo mientras se imparten las materias convalidadas.
- Los centros de educación secundaria que no impartan el bachillerato de artes podrán poner en marcha medidas de adaptación horaria para el alumnado de bachillerato que curse simultáneamente enseñanzas regladas de música o de danza y enseñanzas de régimen general.
Materias Susceptibles de validación |
Materia requerida de las enseñanzas de régimen general |
|
1º 2º 3º |
· Música (1º,2º,3º) |
§ Lenguaje y Práctica Musical
|
5º 6º |
· Anatomía Aplicada a la Danza (1º
y 2º)
|
·
Anatomía Aplicada |
5º 6º |
· Historia de la Danza (1º y 2º)
|
· Historia de la Música
y de la Danza.
|
Convalidaciones Enseñanzas de Música.
Curso |
Materias susceptibles de validación
|
Materia requerida de las enseñanzas de régimen general
|
1º
|
· Lenguaje Musical (1º)
|
§ Lenguaje y Práctica Musical
|
4º 5º |
· Historia de la Música (1º y 2º).
|
· Historia de la Música y de la Danza. |
5º |
· Análisis (1º)
|
· Análisis Musical II.
|
Materias susceptibles de validación
|
Materia requerida de las enseñanzas profesionales de música |
|
1º
|
·
Análisis Musical I
|
§ 2º curso de Armonía
|
·
Lenguaje y Práctica Musical
|
· 3º curso de Instrumento
Principal o Voz. |
|
· Una de las materias específicas
de opción y libre configuración recogidas en el anexo V del Decreto 86/2015,
del 25 de junio.
|
· Primer curso de las
materias de Orquesta, Banda o Coro.
|
|
2º |
·
Análisis Musical II
|
· 1º curso de Análisis. |
·
Historia de la Música y de la Danza.
|
· 1º y 2º cursos de
Historia de la Música |
|
· Una de las materias específicas
de opción y libre configuración recogidas en el anexo V del Decreto 85/15, del
25 de junio. |
· Segundo curso de las materias
de Orquesta, Banda o Coro. |
Curso |
Materias susceptibles de validación |
Materia requerida de las enseñanzas de régimen general |
1º 2º 3º |
· Música (1º,2º,3º) |
§ Lenguaje y Práctica Musical
|
5º 6º |
· Anatomía aplicada a la danza (1º
y 2º)
|
· Anatomía Aplicada |
5º 6º |
· Historia de la Danza (1º y 2º)
|
· Historia de la Música
y de la Danza.
|
Curso |
Materias
susceptibles de convalidación |
Materia
requerida de las Enseñanzas Profesionales de Danza |
Materia
requerida de las Enseñanzas Profesionales de Música |
1º |
Materia de Libre Configuración |
Prueba de acceso a cualquiera de los cursos
de Danza |
Prueba de acceso a cualquiera de los cursos
de Música |
2º |
Música |
Primer curso de música |
Primer curso de Instrumento
o Voz |
Materia de Libre Configuración |
Prueba de acceso a cualquiera
de los cursos de danza |
Prueba de acceso a cualquiera
de los cursos de música |
|
3º |
Música |
Primer curso de música |
Primer curso de instrumento o voz |
Cultura Clásica o Segunda Lengua Extranjera |
Danza gallega o prueba de acceso a cualquiera
de los cursos de danza |
Lenguaje Musical de un curso o Prueba de
acceso a cualquiera de los cursos de música. |
|
4º |
Música |
Segundo curso de música |
Segundo curso de Instrumento o Voz |
Una materia del bloque de materias
específicas |
Danza gallega o cualquiera de los cursos de
danza |
Lenguaje Musical de un curso o prueba de
acceso a cualquiera de los cursos de música |
Convalidaciones Alumnado de Danza en Bachillerato.
Materias susceptibles de validación
|
Materia requerida de las enseñanzas profesionales de música |
|
1º
|
· Anatomía Aplicada
|
§ 1º y 2º cursos de Anatomía aplicada a la danza |
· Lenguaje y Práctica Musical
|
· Tercer curso de
Música. |
|
· Una de las materias específicas
de opción y libre configuración recogidas en el anexo V del Decreto 86/2015,
del 25 de junio.
|
|
|
2º |
· Historia de la Música y de la Danza.
|
· 1º y 2º cursos de
Historia de la Danza |
· Una de las materias específicas
de opción y libre configuración recogidas en el anexo V del Decreto 85/15, del
25 de junio. |
· Segundo curso de Acondicionamiento
Físico. |
- Orden del 27 de marzo de 2009, por la que se dictan instrucciones para las convalidaciones académicas entre las enseñanzas profesionales de música y danza y la educación Secundaria obligatoria, el bachillerato y las enseñanzas de educación secundaria para personas adultas:
- Orden del 7 de julio de 2010, por la que se establecen medidas de ordenación académica para el alumnado que cursa enseñanzas profesionales de música y danza.
- Preguntas frecuentes:
- Oferta educativa de los conservatorios profesionales de música dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional:
- Oferta educativa de los conservatorios profesionales de danza:
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