Becas para Alumnado con Necesidad Específica de Apoyo Educativo
Plazo de presentación de solicitudes: Del 9 de agosto al 30 de septiembre.
Qué alumnado tiene derecho a solicitar esta beca?
El alumnado que acredite Necesidad Específica de Apoyo Educativo (NEAE) derivada de alguna de las siguientes situaciones:
- Discapacidad igual o superior al 33%, acreditada mediante un certificado de discapacidad, certificado de un departamento de orientación dependiente de la administración o de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica (dependiente de la administración) o por el equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad educativa.
- Trastorno grave de conducta.
- Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) asociado a discapacidad o trastorno grave de conducta.
- Altas Capacidades, acreditadas por un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o de un departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente. Se deberá haber cumplido los 6 años.
Tipos de ayudas que se convocan:
- Ayudas directas para el alumnado (incluyendo al alumnado con TDAH) que requiera, por un período de escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta. El alumnado con Trastorno del Espectro Autista (TEA) también podrá ser beneficiarios de ayudas directas no incluidas en el punto anterior y que requieran estos apoyos y atenciones educativas específicas.
- Subsidios por Necesidades Educativas Especiales (NEE) derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos/as afectados por TEA, pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el apartado anterior.
- Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con NEAE asociado a altas capacidades intelectuales.
Requisitos para las Ayudas Directas y para los Subsidios por NEE:
- Acreditar la NEAE mediante alguna de las siguientes vías:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondientes en el caso de un trastorno grave de conducta.
- Certificado de discapacidad de al menos un 33%, en el caso de alumnado con discapacidad.
- El alumnado TEA deberá aportar certificado médico expedido por los servicios de salud sostenidos con fondos públicos y acreditar la NEAE mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o de un departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
- Tener cumplidos 2 años de edad a 31 de diciembre de 2019.
- Estar escolarizado en un centro especifico, en una unidad de educación especial de un centro ordinario o en un centro ordinario que escolarice alumnado con NEE, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
- Estar cursando alguno de los siguientes enseñanzas:
- Educación Infantil.
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
- Ciclos formativos de grado medio y superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Formación Profesional Básica (FPB).
- Programas de formación para la transición a la vida adulta.
- Otros programas formativos de FP a los que se refiere la disposición adicional cuarta del RD 127/2014, de 28 de febrero.
- Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente, a fecha de 31 de diciembre de 2019.
Requisitos para el alumnado con Altas Capacidades Intelectuales:
- Presentar NEAE asociada a altas capacidades intelectuales siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
- Tener cumplidos 6 años a 31 de diciembre de 2020.
- Estar cursando alguno de los siguientes niveles:
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Bachillerato.
- Ciclos formativos de grado medio y superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
Requisitos Económicos.
Lo se podrán si sobrepasar los siguientes umbrales de renta y patrimonio en 2019.
- Familias de un miembro: 11.937 euros.
- Familias de dos miembros: 19.444 euros.
- Familias de tres miembros: 25.534 euros.
- Familias de cuatro miembros: 30.287 euros.
- Familias de cinco miembros: 34.370 euros.
- Familias de seis miembros: 38.313 euros.
- Familias de siete miembros: 42.041 euros.
- Familias de ocho miembros: 45.744 euros.
- A partir del octavo miembro de añadirán 3.672 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Componentes y cuantías:
Dependiendo del tipo de apoyo educativo que reciba el alumnado de obtienen diferentes tipos de ayudas:
- Enseñanza: hasta 862 euros.
- Transporte interurbano: hasta 617 euros.
- Comedor escolar: hasta 574 euros.
- Residencia escolar: hasta 1.795 euros.
- Transporte para traslado de fin de semana de alumnos/as internos en centros de educación especial: hasta 442 euros.
- Transporte urbano: hasta 308 euros.
- Reeducación pedagógica o del lenguaje y ayuda asociada a altas capacidades intelectuales: hasta 913 euros para cada una de ellas.
- Libros y material didáctico:
- Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y formación para la transición a la vida adulta: hasta 105 euros.
- Resto de niveles de la enseñanza postobligatoria: hasta 204 euros.
Estas ayudas son incompatibles con las becas generales del MEC
Solicitud
La solicitud debe realizarse de forma telemática a través del siguiente enlace:
Una vez cumplimentada, podrá completarse la solicitud en alguna de las siguientes opciones:
- Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica. A través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte adjuntando los documentos correspondientes escaneados.
- Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: deben imprimir el modelo de solicitud y presentarlo, una vez firmado, en el centro educativo en el que van a cursar estudios en el curso 2020-2021.
Para reeducación pedagógica o del lenguaje es necesario presentar la siguiente documentación:
- Certificación expedida por el inspector de la zona.
- Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación, en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
- Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio, en la que se conste información detallada de las características del mismo, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta, así como del coste mensual para un máximo de 10 meses.
- Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación exigidos.
Para altas capacidades debe presentarse la siguiente documentación:
- Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y el número de horas semanales que se consideran necesarias para su corrección, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
- Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo horas semanales y especialista que lo presta, así como coste mensual.
Normativa reguladora:
- Convocatoria de las ayudas. Resolución del 31 de julio de 2020, por la que se convocan becas y ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2020-2021.
Más información
- Acceso a la web del ministerio para hacer la solicitud online:
- Portal de becas del MEFP:
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